[26-06-17] El profesorado de las antiguas Universidades Laborales y AISS se podrán jubilar a partir de los 60 años de edad en el Régimen de Clases Pasivas

Jubilaciones

Los funcionarios de carrera de los Cuerpos docentes procedentes de los antiguos centros de Enseñanzas Integradas (Universidades Laborales) y de los centros de Formación Profesional de la antigua Administración Institucional de Servicios Socioeducativos (AISS), que hayan ingresado en dichos Cuerpos desde el día 23-8-1984 (entrada en vigor de la Ley 30/1984 de reforma de la Función Pública) hasta el día 27-5-1987 (día anterior a la entrada en vigor del RDL 670/1987 de Clases Pasivas) y que estén acogidos al Régimen General de la Seguridad Social, podrán optar en el momento de solicitud de la jubilación voluntaria por incorporarse al Régimen de Clases Pasivas. En estos términos aparece recogida en la adicional centésima vigésima del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados y ahora en trámite parlamentario en el Senado.
 
Con la entrada en vigor de la LOE, logramos corregir la exclusión a la que estaban sometidos estos compañeros respecto al resto de docentes de Cuerpos estatales que venían desde 1992 acogiéndose a la jubilación voluntaria anticipada LOGSE (que incluía gratificación económica y el cómputo de hasta 5 años como si los hubiera trabajado) y con los que compartían su actividad diaria en los IES. Al terminar en el año 2011 el desarrollo de dicha Ley, nuevamente se vieron marginados de este derecho, que mantuvo el resto de compañeros docentes al tener éstos también la posibilidad de acogerse a la jubilación voluntaria regulada por el artículo 28.2b del RDL 670/1987, teniendo que jubilarse, como muy pronto, a los 63 años y perdiendo entre un 16 y un 20% de la cuantía de su pensión.
 
Muchas han sido las actuaciones que CCOO ha venido realizando para que desapareciera esta injusta discriminación, tanto a nivel jurídico, con la tramitación de demandas de los afectados por los servicios jurídicos del Sindicato, como a nivel de Ministerio de Hacienda y los Grupos Parlamentarios para su inclusión en la Ley de Presupuesto, que finalmente ha dado sus frutos y así lo celebramos. Pero también no podemos evitar de manifestar una vez más, nuestro rechazo a la sinrazón manifestada por el Gobierno que ha obligado estos años a muchos compañeros ya jubilados a sufrir un retraso en la fecha de jubilación y a una disminución en la cuantía de su pensión.
 
Ya hemos instado a la Consejería de Educación para que se agilicen los trámites administrativos y, una vez aprobada dentro de unos días la Ley de Presupuestos, se posibilite el acceso sin demora a la jubilación anticipada del profesorado que lo decida.
 
En el caso del profesorado del subgrupo funcionarial A2, le recomendamos que se informe en el Sindicato de su provincia antes de tomar una determinación, ya que el paso a Clases Pasivas puede reportarle una disminución de la cuantía de la pensión respecto al Régimen General de la Seguridad Social.

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